Violencia de género y llamadas perdidas
Aunque la llamada no fuera atendida por ésta, constituye un delito de quebrantamiento de condena.
La llamada debe quedar registrada e identificada la persona que la efectuó.
Esto es así, la víctima es consciente de la existencia de la llamada perturbadora de su tranquilidad y que amenaza su seguridad.
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